Municipio Ajusta Regulación a Casas de Empeño y Chatarreras

En la última reunión del Ayuntamiento de Chihuahua, los concejales aprobaron de manera unánime la modificación del Reglamento de Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios para el Municipio de Chihuahua. El objetivo principal de esta reforma es regular las operaciones de las casas de empeño y chatarreras, con el fin de reducir el robo de metales y otros artículos que luego se venden en estos establecimientos.

Debido al aumento de robos de cableado, alcantarillas, tapas de registros de agua, así como de dispositivos electrónicos y electrodomésticos destinados a la venta en casas de empeño, la Secretaría del Ayuntamiento remitió un oficio a las Comisiones Unidas de Seguridad Pública y Gobernación. El propósito era proponer modificaciones al Reglamento Municipal para regular las actividades de chatarreras y casas de empeño, con el fin de combatir este tipo de delitos en la ciudad.

La reforma aprobada establece que todas las casas de empeño deben contar con una copia de la solicitud de registro y la constancia de inscripción en el Registro Público de Casas de Empeño de la Procuraduría Federal del Consumidor, o su constancia de renovación. Esta documentación debe acompañarse de los soportes correspondientes y renovarse anualmente ante la Subdirección para mantener la vigencia de la Licencia de Funcionamiento.

Además, los establecimientos que se dedican a la compra, venta, acumulación, fundición, transformación o comercialización de metales deben presentar un informe semestral de las operaciones realizadas con los vendedores o pignorantes, proporcionando información detallada, incluyendo nombre, comprobante de domicilio, identificación oficial vigente, fecha de la operación, descripción del bien, fotografía del bien, monto de la transacción y otros datos necesarios para la posible localización del cliente.

La reforma también autoriza a la autoridad municipal a realizar inspecciones en estos lugares, exigiendo colaboración con las visitas de inspección y acciones de vigilancia. Los establecimientos deben verificar en todo momento el origen de los bienes y abstenerse de realizar operaciones con bienes de dudosa procedencia. Además, deben contar con cámaras de vigilancia compatibles con la Plataforma Escudo Chihuahua en las entradas, salidas y mostradores.

La adquisición de objetos o metales identificados como propiedad pública o privada solo se permite con un oficio de autorización de la empresa o dependencia gubernamental correspondiente. En caso de que se detecte la adquisición de bienes adquiridos ilícitamente, se impondrán sanciones que incluyen multas y clausuras temporales o definitivas, dependiendo de la reincidencia.

La reforma establece un plazo de tres meses, una vez que entre en vigor, para que las empresas dedicadas a actividades relacionadas con productos metálicos cumplan con la instalación de cámaras de vigilancia y la renovación de licencias y permisos correspondientes.

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